Un pie de recursos de un decreto municipal
Una funcionaria recibe el 15 de febrero un decreto de la Concejalía delegada de Personal (que actúa por delegación de la Alcaldía) que le deniega un complemento. El pie de recursos dice: «Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses». Ella presenta reposición el 10 de marzo.
Una reposición contra el silencio
Un vecino pidió al Ayuntamiento el reintegro de una tasa pagada dos veces. El órgano competente para resolver, cuyas resoluciones ponen fin a la vía administrativa, no contestó en plazo y la norma aplicable da al silencio sentido desestimatorio. Siete meses después, el vecino presenta un recurso de reposición.
Recurrir las bases de una convocatoria
Un aspirante a la promoción interna de Administrativa/o quiere impugnar las bases específicas, aprobadas por decreto de la Concejalía delegada de Personal. La base sexta indica que contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe reposición en un mes o contencioso en dos meses, y que si se interpone reposición no puede acudirse al contencioso hasta su resolución expresa o desestimación presunta.