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Mostrando 119 conceptos

A

Medidas específicas y temporales a favor de un sexo para corregir situaciones de desigualdad de hecho, sin que se consideren discriminatorias.
Comportamiento no deseado relacionado con el sexo de una persona que atenta contra su dignidad o crea un entorno hostil, sin el componente sexual explícito del acoso sexual.
Comportamiento verbal, no verbal o físico de naturaleza sexual, no deseado, que atenta contra la dignidad de una persona o crea un entorno intimidatorio, hostil o humillante.
Declaración de voluntad, juicio, deseo o conocimiento realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa distinta de la reglamentaria.
Invalidez de un acto que infringe el ordenamiento sin llegar a los supuestos de nulidad de pleno derecho; el acto produce efectos hasta que se anula.
Medida del contenido lucrativo (edificabilidad) que corresponde a los propietarios de un terreno: el objetivo es el que permite el planeamiento, el subjetivo el que puede apropiarse el propietario.
Instrumento de participación oral, en unidad de acto, por el que los ciudadanos proponen acuerdos o reciben información sobre actuaciones municipales.
Capacidad de autogobierno reconocida por el art. 137 CE para la gestión de los intereses respectivos; no equivale a soberanía.
Derecho de los municipios y provincias a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses, con plena personalidad jurídica propia (art. 140-141 CE).

B

Bienes cuyo aprovechamiento corresponde al común de los vecinos.
Bienes destinados a un uso o servicio público; son inalienables, inembargables e imprescriptibles.
Bienes de titularidad de la entidad local no destinados a uso o servicio público, susceptibles de producir renta y de enajenarse como los bienes privados.

C

Terminación del procedimiento por su paralización: imputable al interesado en los iniciados a solicitud, o a la Administración en los de oficio susceptibles de producir efectos desfavorables, al transcurrir el plazo establecido.
Aptitud para ser sujeto activo en un procedimiento administrativo. La tienen quienes la ostentan según el Derecho civil, y también los menores para ejercer y defender derechos e intereses cuya actuación les permita el ordenamiento sin asistencia.
Recurso de alojamiento temporal y atención integral para mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas, cuando no pueden permanecer en su domicilio.
Conjunto de principios éticos y de conducta que deben regir la actuación de los empleados públicos, cuya infracción puede ser sancionada disciplinariamente.
Materia en la que corresponde al Estado la legislación básica y a la Comunidad Autónoma el desarrollo normativo y la ejecución.
Materia en la que la legislación corresponde al Estado o a la UE, y a la Comunidad Autónoma le corresponde solo la función ejecutiva, incluida la potestad reglamentaria de organización.
Materia sobre la que la Comunidad Autónoma tiene la potestad legislativa, reglamentaria y ejecutiva en su integridad, sin intervención estatal salvo lo que la Constitución reserve al Estado.
Modalidad de gestión indirecta de un servicio público por la que la Administración encomienda a un particular su gestión, asumiendo este el riesgo económico.
Procedimiento normal de provisión de puestos entre funcionarios de carrera, basado en la valoración de méritos, capacidades y aptitudes por un órgano colegiado técnico.
Órgano de desconcentración territorial que agrupa varias Juntas Municipales o Vecinales limítrofes para gestionar asuntos de ámbito supramunicipal reducido.
Sometimiento a votación de los vecinos de un asunto de especial trascendencia para el municipio, con autorización del Gobierno del Estado.
Contrato por el que la Administración encomienda a un tercero la gestión de un servicio, transfiriéndole el riesgo operacional derivado de su explotación.
Contrato de escasa cuantía (por debajo de los umbrales legales) que puede adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar, sin publicidad ni concurrencia formal.
Tributo cuyo hecho imponible es la obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de una obra pública o del establecimiento de un servicio público.
Institución que representa al pueblo aragonés, ejerce la potestad legislativa, aprueba los presupuestos y controla la acción del Gobierno de Aragón.
Modificaciones para gastos que no pueden demorarse: crédito extraordinario cuando no existe crédito para la finalidad, suplemento cuando el existente es insuficiente.
Cantidad consignada en el estado de gastos del presupuesto que representa el límite máximo de las obligaciones que puede reconocer una entidad para una finalidad.
Instrumento del art. 112 CE por el que el Presidente del Gobierno somete su programa o una declaración de política general a la confianza del Congreso.

D

Documento por el que el interesado manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos para actuaciones urbanísticas de menor entidad, sin necesidad de licencia previa.
Cuerpo normativo propio de Aragón en materia civil, cuya conservación, modificación y desarrollo es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.
Acto por el que un bien de dominio público pierde esa condición y pasa a ser patrimonial.
Momento en que se entiende realizado el hecho imponible y en el que nace la obligación tributaria principal.
Órgano colegiado de gobierno de la Comunidad Autónoma, formado por el Presidente y los Consejeros.
Situación en que una persona es tratada de manera menos favorable que otra en situación comparable, por razón de sexo.
Situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular respecto de las del otro, salvo justificación objetiva.

E

Cualidad de los actos administrativos por la que son inmediatamente ejecutivos, salvo que una disposición establezca lo contrario o se suspendan cautelarmente.
Alto comisionado de las Cortes de Aragón que vela por los derechos individuales y colectivos de los aragoneses y supervisa la actividad de la Administración autonómica, de forma similar al Defensor del Pueblo estatal.
Técnica de comunicación que consiste en atender por completo a lo que dice el interlocutor, captando no solo el contenido sino la intención y el sentimiento, sin interrumpir.
Fórmula del art. 1.1 CE: España garantiza derechos y libertades (Estado de Derecho), promueve la igualdad real (Estado social) y basa su legitimidad en la voluntad popular (Estado democrático).
Situación en la que el funcionario, por decisión propia, deja temporalmente de prestar servicios, sin reserva de puesto (salvo excepciones) y sin percibir retribuciones.

F

Conducta del empleado público tipificada como infracción (leve, grave o muy grave) sancionable dentro del régimen disciplinario.
Autorización, Disposición o compromiso, reconocimiento de la Obligación y Pago: las cuatro fases sucesivas de ejecución de un gasto público.
Función de control interno por la que el interventor comprueba, antes de la aprobación de un acto, que se ajusta a la normativa presupuestaria aplicable.
Actividad por la que la Administración estimula a los particulares para que realicen actividades de interés general sin coacción, mediante subvenciones, premios o beneficios fiscales.
Consideración de la dirección y el control de la actividad urbanística como una función que corresponde en exclusiva a las Administraciones Públicas, no transferible a los particulares.
Quien, por nombramiento legal, está vinculado a una Administración por una relación estatutaria de Derecho Administrativo, para servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
Quien ocupa plaza vacante de funcionario de carrera, por razones de necesidad y urgencia, mientras no se provea de forma definitiva o desaparezca la causa de su nombramiento.

G

Modalidad de prestación de un servicio público en la que la propia entidad local, sus organismos autónomos o sus sociedades de capital íntegramente público lo prestan sin intermediación de terceros.

H

Presupuesto fijado por la ley cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.

I

Impuesto directo que grava el mero ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio nacional.
Impuesto directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales.
Impuesto indirecto que grava la realización de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija licencia urbanística o declaración responsable.
Impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana puesto de manifiesto con ocasión de su transmisión.
Los municipios exigen siempre el IBI, el IAE y el IVTM (obligatorios); el ICIO y el IIVTNU solo se exigen si el Ayuntamiento aprueba la correspondiente ordenanza fiscal (potestativos).
Trámite por el que se abre un periodo para que cualquier persona, no solo los interesados, pueda examinar un expediente y formular alegaciones.
Instrumento de participación por el que un número mínimo de vecinos puede proponer al Ayuntamiento la realización de una actividad de interés público.
Principio del art. 9.3 CE que prohíbe que los poderes públicos actúen sin justificación objetiva o de forma caprichosa.
Quien promueve un procedimiento como titular de derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, o quien, sin haberlo iniciado, tiene derechos que puedan resultar afectados por la resolución.
Registro anual en el que las entidades locales relacionan todos sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza.
Garantía del art. 9.3 CE: las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales no se aplican a hechos anteriores a su entrada en vigor.
Impuesto que grava la titularidad de vehículos aptos para circular por vías públicas.

J

Principio del art. 9.3 CE que ordena la prelación de las normas (Constitución > leyes > reglamentos), de modo que la de rango inferior no puede contradecir a la superior.

L

Norma que regula el régimen especial de un municipio capital de Comunidad Autónoma, con particularidades organizativas, competenciales y financieras respecto al régimen local común.
Sistema excepcional de provisión de puestos de especial responsabilidad, basado en la apreciación discrecional de la idoneidad de los candidatos, con convocatoria pública.
Acto administrativo por el que el Ayuntamiento autoriza un acto de transformación, construcción, edificación o uso del suelo, tras comprobar su conformidad con la normativa aplicable.

M

Mecanismo del art. 113 CE para exigir responsabilidad política al Gobierno: solo prospera si incluye un candidato alternativo a la Presidencia, que resulta investido si la moción se aprueba.
Obligación de expresar los hechos y fundamentos jurídicos de una resolución, exigida para los actos que limitan derechos, resuelven recursos o se separan del criterio de órganos consultivos, entre otros.
Medio de ejecución forzosa consistente en multas reiteradas en el tiempo para vencer la resistencia del obligado a un acto personalísimo, distinta de una sanción.

N

Comunicación formal a los interesados del contenido íntegro de una resolución, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa y de los recursos procedentes.
Grado máximo de invalidez de un acto administrativo, reservado a los supuestos más graves (art. 47); el acto se considera radicalmente nulo, sin efectos, desde el origen.

O

Instrumento que recoge las necesidades de personal de nuevo ingreso, con asignación presupuestaria, y obliga a convocar los procesos selectivos en el plazo improrrogable de 3 años.
Resolución judicial que reconoce a la víctima de violencia de género un estatuto integral de protección, activando medidas cautelares penales, civiles y de asistencia social.
La estructural fija el modelo territorial básico (clasificación del suelo, sistemas generales); la pormenorizada desarrolla el detalle de usos, edificabilidad y trazados dentro de ese modelo.
Ordenanza municipal que regula los elementos de un tributo local (tipo, exenciones, bonificaciones...) dentro del marco fijado por la ley.
Norma jurídica de carácter general, con rango de reglamento, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, que regula relaciones con los ciudadanos (ad extra).

P

Registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio; sus datos constituyen prueba de la residencia y del domicilio habitual.
Quien, con carácter no permanente, ocupa un puesto de confianza o asesoramiento especial no reservado a funcionarios de carrera, con nombramiento y cese libres.
Instrumento estratégico que fija los objetivos y las medidas concretas que una administración adopta para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en su ámbito de actuación.
Instrumento de ordenación integral que clasifica el suelo de uno o varios términos municipales y define la estructura general de la ordenación urbanística.
Documento que establece los pactos y condiciones jurídicas, económicas y administrativas que rigen un contrato concreto.
Conjunto de personas inscritas en el Padrón municipal de un municipio, con independencia de que residan de hecho en él en un momento dado.
Actividad de limitación por la que la Administración restringe la libertad o los derechos de los particulares para salvaguardar el interés general (autorizaciones, licencias, órdenes...).
Facultad del Gobierno (art. 97 CE) para dictar reglamentos, normas de rango inferior a la ley que la desarrollan o ejecutan.
Contraprestación pecuniaria por servicios o actividades de solicitud o recepción voluntaria que también presta el sector privado, a diferencia de la tasa.
Principio del art. 138 CE que obliga al Estado a garantizar un equilibrio económico adecuado entre las distintas partes del territorio español.

R

Facultad de la entidad local de recuperar por sí misma la posesión indebidamente perdida de sus bienes de dominio público, sin necesidad de acudir a los tribunales.
Recurso administrativo ordinario contra resoluciones y actos de trámite cualificados que no ponen fin a la vía administrativa, interpuesto ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto.
Recurso excepcional contra actos firmes en vía administrativa, admisible solo por los motivos tasados del art. 125 (error de hecho, documentos esenciales, prueba falsa, prevaricación...).
Recurso administrativo no obligatorio que se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto que pone fin a la vía administrativa, antes de acudir a la vía contencioso-administrativa.
Especialidades organizativas y de financiación que la Ley de Capitalidad reconoce a determinados municipios en atención a las funciones que desempeñan.
Régimen especial (Título X LBRL) aplicable a municipios que superan un umbral de población, o que lo soliciten, con una organización ejecutiva reforzada (Junta de Gobierno Local con atribuciones propias).
Competencia de la Comunidad Autónoma para regular la organización y el funcionamiento de sus entidades locales, dentro del marco de la legislación básica estatal.
Norma municipal que regula la organización y funcionamiento interno de la propia Corporación (ad intra), a diferencia de la ordenanza.
Posibilidad de recuperar la condición de funcionario tras desaparecer la causa que motivó su pérdida (p. ej. recuperación de la nacionalidad).
Instrumento organizativo que recoge, de forma pública, la denominación, características esenciales y retribuciones complementarias de cada puesto de trabajo.
Técnica de gestión que agrupa las fincas de una unidad de ejecución para su nueva división ajustada al planeamiento, distribuyendo equitativamente beneficios y cargas entre los propietarios.
Facultad de actuar en nombre de un interesado ante la Administración; se presume para actos de mero trámite, pero debe acreditarse para actos como desistir, renunciar o formular recursos.
Conjunto de medidas (demolición, cesación del uso...) que adopta la Administración para reponer la realidad física alterada por una actuación urbanística ilegal.

S

Sanción disciplinaria más grave, reservada a las faltas muy graves, que supone la pérdida de la condición de funcionario.
Actividad de prestación asumida por la Administración para satisfacer una necesidad de interés general de forma regular y continua.
Situación administrativa del funcionario que pasa a desempeñar un cargo público o de confianza (ministro, diputado, alto cargo...), en la que conserva todos sus derechos como si estuviera en servicio activo.
Prestaciones que todo municipio debe garantizar por sí mismo según su tramo de población (art. 26 LBRL), desde alumbrado y cementerio hasta transporte colectivo en los de mayor tamaño.
Efecto jurídico (estimatorio o desestimatorio, según la norma) que se produce cuando la Administración no resuelve ni notifica expresamente en el plazo máximo de un procedimiento.
Principio del art. 1.2 CE por el que el poder del Estado reside en el pueblo español, del que emanan todos los poderes.
Superficie de suelo urbano apta para su uso inmediato, por reunir los servicios y condiciones exigidos por el planeamiento.
Clase de suelo preservado de la transformación urbanística por sus valores ambientales, culturales o agrícolas, por riesgos, o por decisión motivada del plan general.
Clase de suelo previsto por el planeamiento para su transformación futura mediante la dotación de servicios urbanísticos.
Clase de suelo constituida por los terrenos que ya cuentan con los servicios urbanísticos básicos o están integrados en la trama urbana consolidada.
Principio del art. 142 CE: las Haciendas locales deben disponer de medios suficientes para las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones.
Persona obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias, ya sea como contribuyente o como sustituto.

T

Tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa del dominio público o la prestación de un servicio de recepción obligatoria que no presta el sector privado.
Fase del procedimiento en la que se pone de manifiesto el expediente a los interesados para que puedan alegar y presentar documentos antes de la propuesta de resolución.
Modificación presupuestaria que traslada, total o parcialmente, la cuantía de un crédito a otras aplicaciones con distinta vinculación jurídica.
Principio por el que el objetivo de la igualdad de trato y oportunidades se integra de forma activa en todas las políticas públicas, y no solo en medidas específicas.

V

Procedimiento administrativo de ejecución forzosa para el cobro de deudas de derecho público, mediante el embargo y la venta de bienes del deudor.
Todo acto de violencia física y psicológica ejercido sobre las mujeres por quienes sean o hayan sido sus cónyuges o parejas, como manifestación de la discriminación y la desigualdad en las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.

Ó

Órgano que, en nombre de la Administración, tiene atribuida la facultad de celebrar contratos en su representación.