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El déficit imprevisto en Deportes: créditos extraordinarios, ejecución y liquidación

Supuesto

A mitad de ejercicio, el Servicio de Deportes del Ayuntamiento de Zaragoza necesita realizar un gasto urgente e inaplazable —la reparación de una piscina municipal— para el que no existe crédito consignado en el presupuesto vigente. El Alcalde ordena incoar el expediente correspondiente, que se financiará con cargo al remanente líquido de tesorería. Antes de expedir la orden de pago, el funcionario responsable de reconocer la obligación exige que se acredite documentalmente la realización de la prestación. Al cierre del ejercicio, la liquidación del presupuesto arroja un remanente de tesorería negativo. Por otro lado, dentro de las asignaciones que la Comunidad Autónoma de Aragón transfiere trimestralmente al Ayuntamiento en aplicación del régimen especial de financiación de la capitalidad, el Gobierno de Aragón se plantea compensar de oficio una deuda vencida y líquida que el Ayuntamiento mantiene con la Comunidad Autónoma.

Pregunta 1

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Al no existir crédito consignado en el presupuesto vigente para ese gasto urgente e inaplazable, ¿qué expediente debe incoar el Alcalde?