Tema 25
Finalización del procedimiento
Ley 39/2015, Título IV, Capítulo V (arts. 84 a 95): formas de terminación; reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario en los sancionadores con reducciones de al menos el 20 % acumulables; terminación convencional; actuaciones complementarias; contenido de la resolución, congruencia y prohibición de reformatio in peius; propuesta y resolución en los procedimientos sancionadores y de responsabilidad patrimonial (seis meses); desistimiento por la Administración; desistimiento y renuncia de los interesados; caducidad por paralización imputable al interesado (tres meses).
Contenido
Cómo termina un procedimiento: por resolución, desistimiento, renuncia, caducidad o imposibilidad material sobrevenida. En los sancionadores, reconocer la responsabilidad o pagar voluntariamente antes de resolver da derecho a reducciones de al menos el 20 % cada una, acumulables, si se renuncia a recurrir. La resolución decide todas las cuestiones, debe ser congruente con lo pedido y no puede empeorar la situación del solicitante; nunca puede dejar de dictarse por oscuridad de la ley. La caducidad se produce si el interesado paraliza su procedimiento y, advertido, pasan tres meses sin que haga lo necesario; no prescribe por sí sola sus acciones.
📖Qué estudiar de este tema
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Recursos de estudio de este tema
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Casos prácticos
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Glosario
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