Tema 10
Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo
Ley 39/2015, Título I, Capítulo II (arts. 9 a 12): obligación de verificar la identidad del interesado y sistemas de identificación electrónica (certificados cualificados de firma y de sello y otros sistemas con registro previo); sistemas de firma admitidos y su efecto de acreditar la identidad; actuaciones para las que es obligatoria la firma; asistencia en el uso de medios electrónicos y firma por funcionario habilitado.
Contenido
Cómo se identifica y cómo firma quien actúa ante la Administración: la Administración siempre verifica la identidad; electrónicamente se usan certificados cualificados u otros sistemas con registro previo; la firma acredita la voluntad y, a la vez, la identidad; solo se exige firmar para solicitudes, declaraciones responsables o comunicaciones, recursos, desistimientos y renuncias; y quien no está obligado a relacionarse electrónicamente puede pedir ayuda, incluso que un funcionario habilitado firme por él con su consentimiento expreso.
📖Qué estudiar de este tema
Los títulos y capítulos que entran en el temario, en orden. Cada uno enlaza directo a la fuente oficial, sin tener que buscarlo en todo el documento.
Recursos de estudio de este tema
Test del tema
Preguntas tipo test específicas de esta materia, con corrección inmediata.
Flashcards
Tarjetas para memorizar plazos, artículos y conceptos con repaso activo.
Casos prácticos
Supuestos reales resueltos mediante preguntas encadenadas.
Glosario
Definiciones de los términos técnicos más importantes de esta unidad.