El caso de la ordenanza de terrazas
Supuesto
El Ayuntamiento de Valdejara quiere aprobar una ordenanza que regule la instalación de terrazas de hostelería en la vía pública. Antes de redactarla, la técnica municipal, doña Elvira Nasarre, debe resolver varias dudas: si puede establecer una tasa por ocupación de vía pública sin que exista antes una ley que lo permita, si la ordenanza puede contradecir lo dispuesto en una ley estatal sobre horarios comerciales, y si puede invocar una «costumbre local» según la cual ciertos bares llevan décadas ocupando la acera sin licencia. Al mismo tiempo, revisa una sentencia reiterada del Tribunal Supremo sobre el concepto de terraza, y comprueba que el Alcalde, en un caso concreto, pretende no aplicar un artículo de la ordenanza a un bar amigo suyo mediante un simple decreto.
Pregunta 1
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Antes de nada, ¿en qué rama del Derecho se encuadra la futura ordenanza de terrazas?