4 de septiembre de 2026
Tipos de oposiciones ¿Qué grupos y categorías hay?
Todos los tipos y grupos de oposiciones que existen en España: cuántas categorías hay (A1, A2, B, C1, C2), qué titulación exige cada una y cómo afecta a tu sueldo.
Has visto que una oposición pide "Grupo C2" y otra "Grupo A1" y no tienes claro qué cambia realmente entre una y otra. No es una etiqueta administrativa sin importancia: el grupo determina qué titulación necesitas para presentarte, cuánto vas a cobrar, y en buena medida cómo es el examen al que te vas a enfrentar. Aquí tienes la explicación completa, con la normativa que lo regula y con ejemplos reales de oposiciones que puedes preparar ahora mismo.
Qué son los grupos de clasificación profesional
Todos los cuerpos y escalas de funcionarios en España — de cualquier Administración, desde un ayuntamiento pequeño hasta un ministerio — se clasifican en grupos según la titulación que exigen para el acceso. Esto no lo decide cada convocatoria a su gusto: lo fija el artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP, Real Decreto Legislativo 5/2015), la ley estatal que marca las reglas comunes para todo el empleo público.
El artículo es breve y va al grano:
"Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos: Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2 [...]. Grupo B [...]. Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso."
Es decir: el grupo es, ante todo, un reflejo directo de qué título académico te piden para poder presentarte.
Los grupos, uno por uno
- A1 — título universitario de Grado (licenciatura o grado de 4 años). Es el grupo de los cuerpos superiores: arquitectos, ingenieros superiores, economistas, psicólogos, letrados, médicos.
- A2 — también título universitario de Grado, pero para cuerpos "técnicos" en vez de "superiores": ingenieros técnicos, enfermería, trabajo social, o categorías de mando intermedio como subinspector de Policía Local.
- B — título de Técnico Superior (FP de grado superior). Existe en la ley desde 2007, pero en la práctica casi ninguna Administración lo ha desarrollado todavía: hace falta una ley específica para crear cuerpos dentro de este grupo, y quince años después la mayoría sigue sin aprobarla. Si ves una oposición que pide FP de grado superior, es muy probable que hoy en día siga clasificada como C1 a la espera de ese desarrollo legal, no como B.
- C1 — título de Bachillerato o de Técnico (FP de grado medio). Aquí caen los cuerpos administrativos "de gestión" (no auxiliares) y, en Aragón, también las escalas básicas de Policía Local y de Bomberos.
- C2 — título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Es el grupo de los auxiliares administrativos y, en los ayuntamientos con cuerpo de oficios propio (como Zaragoza), de todos los "Oficial" — albañil, electricista, mecánico, fontanero, etc.
- Agrupaciones Profesionales (antiguo "Grupo E") — sin ningún requisito de titulación. La propia ley lo llama así porque ya no se numera junto a los demás: lo regula aparte, en la disposición adicional sexta del TREBEP, precisamente para dejar claro que aquí no hace falta ningún título del sistema educativo. Es el grupo de los antiguos "subalternos" o "peón".
Un apunte útil si vienes de una convocatoria antigua: antes de 2007 los grupos se llamaban A, B, C, D y E (con letras, sin subíndice). La propia ley recoge la equivalencia en su disposición transitoria segunda — A pasa a A1, B pasa a A2, C pasa a C1, D pasa a C2, y E se convierte en esas Agrupaciones Profesionales — así que si un documento antiguo habla de "Grupo D", está hablando de lo que hoy es C2.
¿Y el sueldo? Lo que cambia el grupo en la nómina
El grupo también fija el sueldo base, uno de los conceptos retributivos que sí es igual para todas las Administraciones (a diferencia del complemento específico, que cada Administración fija por su cuenta según el puesto). Las cifras oficiales para 2026, aprobadas por el Real Decreto-ley 14/2025, son estas (sueldo base mensual, sin pagas extra ni complementos):
- A1: 1.387,24 €
- A2: 1.199,52 €
- B: 1.048,55 €
- C1: 900,63 €
- C2: 749,58 €
- Agrupaciones Profesionales: 686,07 €
Importante: esto es solo el sueldo base. La nómina real de un funcionario suma también el complemento de destino (según el nivel del puesto, del 1 al 30) y el complemento específico (que varía mucho según el puesto concreto y la Administración), además de trienios y dos pagas extra — así que el sueldo final puede quedar muy por encima de estas cifras, sobre todo en los grupos más altos. Lo que sí es una regla fija: a mayor grupo, mayor sueldo base, siempre y sin excepción, revisado cada año en la ley de presupuestos (o, como en 2025 y 2026, por real decreto-ley cuando no hay presupuestos nuevos aprobados).
Grupo, dificultad y tipo de examen: qué cambia realmente al estudiar
El grupo no solo afecta al sueldo — también anticipa bastante bien cómo va a ser el proceso selectivo:
- Cuanto más alto es el grupo, más peso suele tener la parte puramente teórica (temario legal y técnico extenso, exámenes tipo test o de desarrollo largo) y más competencia relativa suele haber por plaza en según qué especialidades.
- En C2, especialmente en los cuerpos de oficios, el temario teórico es más acotado pero casi siempre va acompañado de una prueba práctica — demostrar que sabes hacer el trabajo, no solo explicarlo. Todas las oposiciones de "Oficial" del Ayuntamiento de Zaragoza que tienen prueba práctica (la inmensa mayoría) son un ejemplo directo: además del test teórico, hay que enfrentarse a un ejercicio real del oficio.
- La titulación exigida no es solo un trámite de admisión: en la práctica marca el nivel de profundidad que el propio tribunal espera en las respuestas. No es lo mismo explicar un procedimiento administrativo para un C2 (que necesita conocerlo, aplicarlo) que para un A1 (que además necesita poder fundamentarlo jurídicamente).
Qué grupo tiene cada oposición que puedes preparar en esta web
Este es el dato concreto y verificado, no una estimación: todas las oposiciones del catálogo actual — Auxiliar Administrativo (Ayuntamiento de Zaragoza, Diputación Provincial de Zaragoza y Gobierno de Aragón) y las quince oposiciones "Oficial" del Ayuntamiento de Zaragoza (Albañil, Agente Inspector, Carpintero, Cementerio, Conductor, Electricista, Guardallaves, Herrero, Instalaciones Deportivas, Mantenimiento General, Mecánico, Pintor, Planta Potabilizadora...) — son Grupo C2. Lo dicen literalmente las propias bases del proceso selectivo del Ayuntamiento de Zaragoza: se convocan como "plazas integradas en el grupo/subgrupo de clasificación profesional «C2» de la plantilla de personal funcionario".
Esto no es casualidad: la ESO como requisito de acceso es precisamente lo que hace que este catálogo — auxiliares administrativos y oficios manuales — sea el más accesible del empleo público local, sin necesidad de una titulación universitaria ni de FP.
Para que veas el resto del mapa (aunque, de momento, no sean oposiciones que puedas preparar aquí): en la misma oferta de empleo del Ayuntamiento de Zaragoza conviven categorías A1 (arquitecto, ingeniero industrial, economista, psicólogo, letrado), A2 (ingeniero técnico, enfermería, trabajo social, subinspector de Policía Local) y C1 — con un caso especialmente ilustrativo: tanto el propio anexo de plazas de la oferta como la Ley de Coordinación de Policías Locales de Aragón fijan la escala básica de Policía Local (agente, oficial) y de Bomberos (oficial, oficial conductor) en el Grupo C1, reservando el A2 y el A1 para las categorías de mando — subinspector, intendente, subjefe.
Se puede subir de grupo: la promoción interna
El grupo con el que entras no es una jaula de por vida. El artículo 18 del TREBEP regula la promoción interna: si consigues la titulación de un grupo superior y acumulas al menos dos años de antigüedad en tu grupo actual, puedes presentarte a un proceso selectivo de promoción interna para subir de grupo, con pruebas propias (normalmente menos exigentes que el turno libre general, porque ya se da por hecho tu experiencia en la Administración).
Esto no es teoría: la propia Oferta de Empleo Público 2026 del Ayuntamiento de Zaragoza dedica un anexo completo — el Anexo III, con 88 plazas — exclusivamente a la promoción interna vertical (de C1 a A2, de A2 a A1, de C2 a C1...), además de un mecanismo de concurso de traslado simultáneo a proceso selectivo para quien ya es personal del Ayuntamiento. Empezar en C2 no es un techo: es, para mucha gente, el primer escalón real dentro de la misma Administración.
Cómo elegir qué oposición preparar según tu grupo
Si todavía estás decidiendo por dónde empezar, la pregunta más práctica no es "¿qué grupo suena mejor?", sino esta:
- ¿Qué titulación tienes ahora mismo? Si es la ESO (o equivalente), tu puerta de entrada natural al empleo público local es el Grupo C2 — exactamente el catálogo de esta web: Auxiliar Administrativo si prefieres un perfil de oficina, o cualquiera de los quince "Oficial" si tienes o puedes conseguir un certificado de profesionalidad u oficio relacionado (varias de estas oposiciones piden, además de la ESO, un certificado de profesionalidad concreto — está detallado en la ficha de convocatoria de cada una).
- ¿Ya trabajas en la Administración y tienes una titulación superior a la de tu puesto actual? Mira si tu Administración convoca promoción interna — es, en igualdad de mérito y capacidad, tu camino más corto a un grupo superior.
- No hace falta "empezar por arriba". Entrar en C2 no te cierra el A1 ni el A2 más adelante: te da un puesto estable desde el que estudiar con más tranquilidad (y, con la promoción interna, sin tener que competir en turno libre contra todo el mundo).
En resumen
El grupo de una oposición (A1, A2, B, C1, C2 o Agrupaciones Profesionales) es, por ley, un reflejo directo de la titulación que te exige — y de ahí se derivan el sueldo base, el tipo de prueba que te vas a encontrar y, con el tiempo, tu recorrido de promoción interna. Todo el catálogo actual de esta web es Grupo C2: el punto de entrada más accesible al empleo público del Ayuntamiento de Zaragoza, la Diputación Provincial de Zaragoza y el Gobierno de Aragón, sin necesidad de titulación universitaria ni de FP.
Fuentes: artículo 76, artículo 18 y disposición adicional sexta del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, BOE-A-2015-11719); Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, de retribuciones del personal funcionario para 2026; Ley 8/2013, de Coordinación de Policías Locales de Aragón; bases específicas del turno libre del Ayuntamiento de Zaragoza (CONV 4/2026).