El vertido de aceite en el Canal Imperial: iniciación de oficio y medidas provisionales
Supuesto
Un vecino que paseaba junto al Canal Imperial de Aragón observa un vertido de aceite usado procedente de un taller mecánico cercano y lo pone en conocimiento de la Policía Local, sin ser él mismo perjudicado directo. Un agente medioambiental, en el ejercicio de sus funciones de inspección, redacta también un informe sobre el mismo hecho por iniciativa propia. Por su parte, el Servicio de Aguas del Ayuntamiento, que carece de competencia para incoar el procedimiento sancionador, remite al órgano competente una petición solicitando la apertura del expediente, tras haber detectado el vertido en sus labores rutinarias de control. El órgano competente decide incoar un procedimiento sancionador contra el titular del taller, ordenando como medida cautelar inmediata, incluso antes de dictar el acuerdo de iniciación, el cierre temporal del desagüe implicado, dada la urgencia del caso.
Pregunta 1
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Los procedimientos administrativos, con carácter general, ¿de qué formas pueden iniciarse conforme a la Ley?